Transparencia art. 8 y 14 (2022) - El Colegio de Jalisco
Transparencia
Artículo 8

I. Información necesaria para el ejercicio del derecho a la Información Pública.

II. La información sobre el marco jurídico aplicable al y por el sujeto obligado.

III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicable al y por el sujeto obligado.

IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicable al y por el sujeto obligado.

V. La información financiera, patrimonial y administrativa.

VI. La información sobre la gestión pública.

VII. Las versiones públicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio y que hayan causado estado.

VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado.

IX. Información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto de Transparencia del Estado de Jalisco.

X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

XI. Los estudios financiados con recursos públicos.

XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.

XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental.

XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como aquella que se genere por la ejecución del gasto público con recursos federales.

Artículo 14-bis
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